Requisitos para comenzar una valuación inmobiliaria
Un valuador inmobiliario al momento de comenzar con una trabajo debe establecer a su cliente ciertos puntos claves, para que este se realice de manera correcta y el solicitante conozca, cómo funciona, para que le sirve y cuáles son sus limitantes.
Según las Normas Internacionales de Valuación Effective, publicadas en enero del 2020, el valuador debe comunicar el alcance del trabajo a su cliente a travé de estos puntos:
Identidad del valuador: El valuador puede ser una persona, un grupo de personas o una empresa. Si el valuador tiene alguna conexión o participación material con el activo sujeto o las otras partes de la asignación de valuación, o si existen otros factores que podrían limitar la capacidad del valuador para proporcionar una valuación imparcial y objetiva, dichos factores deben ser revelados al comienzo. Si dicha divulgación no se lleva a cabo, la asignación de valoración no cumple con IVS. Si el valuador necesita buscar ayuda material de otros en relación con cualquier aspecto de la cesión, se debe aclarar la naturaleza de dicha ayuda y el grado de confianza.
Identidad del (de los) cliente (s) (si corresponde): La confirmación de aquellos para quienes se realiza la asignación de valoración es importante a la hora de determinar la forma y el contenido del informe para garantizar que contenga información relevante para sus necesidades.
Identidad de otros usuarios previstos (si los hay): es importante comprender si hay otros usuarios previstos del informe de valoración, su identidad y sus necesidades, para garantizar que el contenido y el formato del informe satisfagan las necesidades de esos usuarios.
Activo (s) objeto de valoración: El activo sujeto en la asignación de valoración debe estar claramente identificado.
La moneda de valoración: Se debe establecer la moneda de valoración y el informe final de valoración o conclusión. Por ejemplo, se puede preparar una valoración en euros o dólares estadounidenses. Este requisito es particularmente importante para asignaciones de valuación que involucran activos en múltiples países y/o flujos de efectivo en múltiples monedas.
Finalidad de la valoración: La finalidad para la que se está preparando la asignación de valoración debe estar claramente identificada, ya que es importante que el asesoramiento de valoración no se utilice fuera de contexto o para fines para los que no está destinado. El propósito de la valoración también influirá normalmente o determinará la base / bases de valor que se utilizarán.
Base / bases de valor utilizadas: Según lo exige el IVS 104 Bases de valor, la base de valoración debe ser apropiada para el propósito de la valoración. Se debe citar o explicar la fuente de la definición de cualquier base de valor utilizada. Este requisito no es aplicable a una revisión de valuación donde no se debe proporcionar una opinión de valor y el revisor no está obligado a comentar sobre la base del valor utilizado.
Fecha de valoración: Debe indicarse la fecha de valoración. Si la fecha de valoración es diferente de la fecha en la que se emite el informe de valoración o la fecha en la que se realizarán o completarán las investigaciones, entonces, cuando proceda, estas fechas deberán distinguirse claramente.
La naturaleza y el alcance del trabajo del valuador y cualquier limitación al respecto: Se debe identificar cualquier limitación o restricción en la inspección, investigación y/o análisis en la asignación de valuación. Si la información relevante no está disponible porque Las condiciones de la cesión restringen la investigación, estas restricciones y cualquier suposición necesaria o suposición especial
La naturaleza y las fuentes de información en las que se basa el valuador: Se debe identificar la naturaleza y fuente de cualquier información relevante en la que se debe confiar y el alcance de cualquier verificación que se lleve a cabo durante el proceso de valuación.
Supuestos importantes y/o supuestos especiales: Se deben identificar todos los supuestos importantes y supuestos especiales que se deben realizar en la realización y presentación de informes de la asignación de valuación.
El tipo de informe que se está elaborando: Se debe describir el formato del informe, es decir, cómo se comunicará la valoración.
Restricciones sobre el uso, distribución y publicación del informe: Cuando sea necesario o deseable restringir el uso de la valoración o aquellos que dependan de ella, los usuarios previstos y las restricciones deben comunicarse claramente.
Que la valoración se preparará de conformidad con el IVS y que el valuador evaluará la idoneidad de todos los insumos significativos: Se debe explicar la naturaleza de cualquier desvío, por ejemplo, identificando que la valoración se realizó de acuerdo con el IVS y las regulaciones fiscales locales.