Normas generales de la valuación establecidas por la IVSC

Te presentamos las normas establecidas por la IVSC, con el objetivo de promover la valuación profesional. 

El Consejo de las Normas Internacionales de Valuación (IVSC, por sus siglas en inglés) es una organización privada, independiente y sin fines de lucro comprometida con la promoción de la calidad de la actividad valuatoria. El objetivo principal de esta institución es promover la credibilidad de esta profesión, partiendo de este fin, crean norma universales para la valuación, para lograr alcanzar altos niveles de responsabilidad y profesionalismo en esta área. 

La Junta de Normas del IVSC es el órgano encargado de establecer las Normas Internacionales de Valoración (NIV). La Junta tiene autonomía en el desarrollo de su agenda y aprobación de sus publicaciones.  Todas las normas que establecen son estándares para realizar asignaciones de valoración usando conceptos y principios generalmente reconocidos que promueven la transparencia y la coherencia en la práctica de la valoración

A continuación te presentamos las Normas Generales de las NIV

Principio General

  • Para cumplir con las NIV, las encomiendas de valuación, incluyendo revisiones de valuaciones, deben realizarse de acuerdo con todos los principios establecidos en las NIV que son apropiados para el propósito y los términos y condiciones estipulados en el alcance de trabajo.

Investigaciones

  • Las investigaciones hechas durante el curso de una encomienda de valuación deben ser apropiadas para el propósito de la valuación de la encomienda y la(s) base(s) de valor. Las referencias a valuación o a encomienda de valuación en esta norma incluyen la revisión de valuaciones.

  • Debe reunirse suficiente evidencia por medios tales como inspección, investigación, cálculo y análisis para asegurar que la valuación esta adecuadamente soportada. A la hora de determinar el alcance de la evidencia necesaria, se requiere criterio profesional para asegurar que la información que ha de obtenerse es adecuada para el propósito de la valuación.

  • Pueden acordarse límites a la extensión de las investigaciones del valuador. Estos límites deben ser anotados en el alcance del trabajo.

  • Pueden acordarse límites sobre la amplitud de las investigaciones del valuador. Cualesquiera límites deben anotarse en el alcance del trabajo. Sin embargo se requiere que los valuadores realicen suficiente análisis para evaluar todos los insumos ya suposiciones y que sean apropiadas para el propósito de valuación. Si las limitaciones a las investigaciones son tan sustanciales que el valuador no puede evaluar suficientemente los insumos y suposiciones, la encomienda de valuación no debe estipular que se ha realizado. 

  • Cuando un encargo de valuación involucra dependencia en información provista por persona alguna distinta al valuador, se deberá considerar si la información es creíble o si en alguna otra forma se puede depender de ella sin afectar de manera adversa la credibilidad de la opinión de valor. 

  • Al considerar la credibilidad y fiabilidad de la información provista, los valuadores deben considerar temas tales como: 

    • El propósito de la valuación

    • Lo que para la conclusión de valuación significa la información

    • La experticia de la fuente en relación al tema en cuestión

    • Si la fuente es independiente tanto del activo sujeto y/o de quien ha de recibir la valuación 

  • El propósito de la valuación, las bases de valor, la amplitud y límites sobre las investigaciones y cualesquiera fuentes de información, en las que se podrá depender son parte del alcance del trabajo dela encomienda que deben comunicarse a todas las partes interesadas en el encargo

  • Si, durante el proceso de una encomienda, queda claro que las investigaciones incluidas en el alcance del trabajo no darán por resultado una valuación creíble, o que la información que habría de proveerse por terceros o no está disponible o es inadecuada, o las limitaciones sobre la investigación son tan sustanciales que el valuador no puede evaluar suficientemente los insumos y suposiciones, la encomienda de valuación no cumplirá con las normas. 

Registro de Valuación 

  • Debe llevarse un registro del trabajo realizado durante el proceso de valuación y la base del trabajo a partir de las cuales se alcanzaron las conclusiones durante un periodo razonable después de la terminación de la encomienda, teniéndose en cuenta cualesquiera requisitos estatutarios, legales o reglamentarios. Con sujeción a tales requisitos, este registro 20 deberá incluir los insumos claves.

Cumplimiento con Otras Normas 

  • Como señala el Marco Conceptual de las Normas, cuando deban observarse requisitos estatutarios, legales, reglamentarios y otros de autoridad competente, que difieran de algunos de los requerimientos de las NIV, un valuador debe seguir los requisitos estatutarios, legales, reglamentarios y de otra autoridad (designados como una “desviación”). Tal valuación se habrá desarrollado conforme a las NIV.

  • La mayoría de conjuntos de requerimientos, como los escritos por Organizaciones Profesionales de Valuación, otras corporaciones profesionales, o las políticas y procedimientos internas de las empresas, no contradirán a las NIV y, por el contrario, típicamente impondrán requerimientos adicionales a los valuadores. Tales normas pueden seguirse además de las NIV sin ser vistas como desviación siempre que se cumplan todos los requerimientos de las NIV. 


Estas normas fueron retomadas de Normas Internacionales de Valuación Effective, January 2020, International Valuation Standards Council, Julio E. Torres Coto M. por la traducción. 

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